CASAS GARANTIZADAS
20 años de tranquilidad, seguridad, y cobertura legal
20 años de tranquilidad, seguridad y cobertura legal. Gracias al acuerdo firmado entre Caser (la aseguradora de las cajas de ahorro) y Acebal Fincas , ahora puedes disfrutar con tranquilidad de la inversión más importante de tu vida. Somos la única inmobiliaria en la zona de Boadilla del Monte que garantiza todas las compraventas con un seguro individual, que emitimos y entregamos personalmente a cada comprador. Se trata de un servicio exclusivo que Acebal Fincas proporciona a todos sus clientes con el fin de proteger legalmente la compra de su propiedad durante 20 años, siendo el coste de esta póliza totalmente asumido por nosotros.
Le informamos que este Seguro no requiere de ningún coste por su parte, ni ahora, ni durante los próximos 20 años. Se trata de un servicio gratuito y exclusivo de alto valor añadido que Acebal Fincas proporciona a todos los clientes que compran una vivienda con el fin de proteger legalmente su propiedad.
Mediante el sello “Compra Segura”, avalado por Caser, Acebal Fincas le otorga más que otras inmobiliarias, porque durante los próximos 20 años:
De no resolverse su problema antes de 6 meses, Caser – la Aseguradora de las Cajas de Ahorros – le indemnizará por el perjuicio sufrido (límite máximo: 360.000€)
Durante los próximos 20 años si le estafan vendiendo su propia vivienda a un tercero, falsificando su identidad. El Tribunal Supremo determina en numerosos casos que la propiedad de la casa debe ser del tercero que compra de buena fe. Usted puede perder su casa.
En el acto de la compra, si el vendedor, o bien, no es el verdadero propietario o actúa representando al propietario con poderes falsos o revocados.
Consecuencias:
Si transcurridos unos años se dicta una Orden de Demolición sobre su casa porque se demuestra que el premiso de construcción concedido en su día es ilegal al haber infringido leyes de ordenación del territorio (Plan de Ordenación Urbana) en el momento de la compra, o simplemente porque su vivienda fue edificada o reformada sin permiso de construcción o infringiendo los términos de dicho permiso.
No se desvela en la compraventa que existe una diligencia de expropiación, ruina o rehabilitación.
A pesar de haber transcurrido el tiempo, son numerosos los casos en los que se descubre que parte de una vivienda resulta no ser propiedad de quien la compró. Por ejemplo: una terraza, que luego resulta ser zona común, ampliación fraudulenta de la parcela por parte de antiguos propietarios, etc.
Imposibilidad futura de acceso a su vivienda, garaje o trastero. Por ejemplo: el vendedor no abandona la casa, la plaza de garaje carece de accesos y no puede aparcar, no le dan el trastero que compró, etc.
En los próximos años, un juez declara que la casa que ha comprado está sujeta a concurso de acreedores del anterior propietario (derecho preferente de sus acreedores).
Existencia de servidumbres de luces o paso en la vivienda comprada, no desveladas en el momento de la compraventa.
Su vecino asegura que la vivienda que usted compró excede los linderos establecidos, invadiendo su propiedad.
En los próximos 20 años:
La casa que ha comprado tiene un contrato de alquiler anterior a favor de un tercero. El contrato de arrendamiento tiene plena vigencia hasta su vencimiento, independientemente del cambio de propietario.
Descubre que compró a un vendedor incapacitado legal (minoría de edad, incapacidad mental, vejez, etc.) o judicialmente.
A lo largo de 20 años puede descubrir un error o irregularidad en la escritura que impida/dificulte la venta de su vivienda o limite su derecho de propiedad o disfrute sobre la misma.
Durante los futuros 20 años es posible que descubra acuerdos adoptados por la Comunidad de Propietarios que limiten su derecho de propiedad o de uso y disfrute sobre la vivienda adquirida.
La persona a la que usted ha comprado le ha vendido el hogar conyugal sin el consentimiento de su pareja. Si hay un hijo común menor de edad, usted no podría acceder a la vivienda que acaba de comprar.
Al comprar su vivienda de obra nueva descubre que carece de cédula de habitabilidad, no pudiendo contratar agua y luz.
Exclusiones: Daños, contaminación. Todo vicio conocido por el comprador antes de comprar ante Notario.